Es la última oportunidad para discutir antes del juicio qué prueba entra, qué imputaciones se mantienen y qué actos procesales viciados pueden quedar fuera. Llegar sin preparar a esta audiencia es regalar terreno.
Hay abogados que tratan el control de acusación como un paso administrativo, una audiencia más entre la formalización y el juicio oral. Yo lo veo de otra forma. Es probablemente la audiencia técnicamente más interesante del proceso, y la peor preparada, en promedio, por la defensa.
El control de acusación es donde el juez de la investigación preparatoria revisa el requerimiento del fiscal antes de que el caso pase al juzgamiento. Y la palabra "revisar" implica varias cosas a la vez. Se revisa que la acusación cumpla los requisitos formales del Código Procesal Penal (parece menor pero no lo es: una acusación mal redactada puede regresar al fiscal para que la corrija, y eso da tiempo). Se revisa que los hechos descritos efectivamente encajen en el tipo penal invocado (la subsunción típica). Se revisan los medios de prueba ofrecidos, uno por uno. Y se resuelven, si la defensa las plantea, las excepciones y demás medios técnicos.
El control probatorio es la pieza que más afecta el juicio. Cualquier prueba obtenida con violación de derechos fundamentales debe ser excluida en esta etapa. Una intervención telefónica sin autorización válida, un allanamiento que no cumplió los requisitos de urgencia o flagrancia, un acta de incautación irregular, una declaración tomada al imputado sin asistencia legal: todo eso es material que puede caer en intermedia. Si la defensa no lo plantea acá, esa prueba va al juicio y, aunque después se intente excluirla, el daño ya está hecho. El juez del juicio la vio, los demás operadores la conocen, y aunque formalmente quede excluida queda en el ambiente del juicio.
El otro frente es el sobreseimiento parcial. Cuando hay varios hechos imputados y para algunos no hay elementos suficientes, no hay que esperar al juicio para que se caigan. Se pide sobreseimiento parcial en intermedia y se llega al juicio con la acusación recortada. Esto no solo limpia el caso, sino que cambia la dinámica del juzgamiento: la fiscalía ya entra con menos cartas.
Las excepciones también se resuelven acá. Una cuestión previa, una cuestión prejudicial, una excepción de naturaleza de acción mal manejada, son técnicas que pueden terminar el proceso o suspenderlo. Pero hay que plantearlas con base jurídica sólida, no como manotazo de ahogado. Una excepción mal fundamentada se resuelve rápido en contra y queda como antecedente.
Lo que pasa con frecuencia es que la defensa llega a intermedia con una contestación genérica del requerimiento fiscal, sin un análisis individualizado de cada elemento probatorio, sin medios técnicos planteados, y la audiencia se resuelve en quince minutos con la decisión del juez de pasar todo a juzgamiento. Eso es regalar la oportunidad más valiosa que queda antes del juicio.
La preparación de una audiencia de control de acusación bien hecha toma tiempo. Hay que estudiar cada acto de investigación, cada medio probatorio, cada documento, y construir las observaciones puntuales. Cuando se hace, el efecto es notorio: casos que llegan al juicio con menos prueba, con menos imputaciones, o que directamente no llegan al juicio.
